Por: Redacción judicial
Tras la publicación de nuestro artículo sobre la absolución de un ciudadano colombiano en Uruguay, en un caso donde se cuestionó el uso de pruebas obtenidas a través de la red EncroChat, numerosos abogados y expertos legales de distintos países se han comunicado con El Último Renglón. Han compartido documentos, fallos judiciales, experiencias y, sobre todo, una profunda preocupación por la manera en que se estarían vulnerando garantías fundamentales en procesos penales donde dichas pruebas tienen un papel central.
Lo que en principio parecía un caso aislado empieza a revelar un patrón inquietante: sistemas judiciales europeos que estarían aceptando pruebas obtenidas mediante métodos poco transparentes, sin el debido control judicial ni garantías mínimas para la defensa, prácticas más propias de regímenes autoritarios que de democracias consolidadas.
En Sudamérica, nunca se ha aprobado una operación de espionaje masiva hasta la fecha, a pesar de enfrentar niveles más altos de homicidios y crimen organizado que en Europa. Sin embargo, el tema aquí no es de eficacia, sino de democracia y respeto al Estado de Derecho.
¿QUÉ ES ENCROCHAT Y POR QUÉ GENERA TANTAS DUDAS?
EncroChat era una red de comunicaciones cifradas que ofrecía teléfonos
supuestamente “seguros”, utilizados —según las autoridades— por miles de personas vinculadas al crimen organizado. En 2020, agencias de inteligencia de Francia junto con la policía francesa y de Países Bajos lograron hackear el sistema, extrayendo millones de mensajes que fueron compartidos con Europol y rápidamente utilizados como prueba en cientos de procesos judiciales en toda Europa.
Aunque se considera una de las operaciones de espionaje más exitosas de los últimos tiempos por la magnitud de los datos obtenidos y su impacto en la lucha contra el crimen organizado, también es cierto que no todos los usuarios de EncroChat eran delincuentes. Muchas personas comunes y corrientes quedaron atrapadas en el mismo operativo, y sus comunicaciones privadas fueron vistas por cientos de agentes sin ningún tipo de control judicial.
Entre los datos recolectados, además de mensajes presuntamente ligados a actividades criminales, se encontraron cientos de imágenes íntimas de mujeres, quienes creían estar enviando ese contenido de manera segura. Estas imágenes, sin ninguna relación con hechos ilícitos, fueron incluidas en el paquete de datos hackeados, evidenciando la falta total de filtros en la recolección y graves vulneraciones a la privacidad de personas inocentes.
El método utilizado para obtener esta información ha sido duramente cuestionado: una operación encubierta y masiva, sin control judicial en las jurisdicciones que luego usaron esa evidencia, y con serias irregularidades en la cadena de custodia de los datos.
“LAS PRUEBAS NACEN CONTAMIANDAS”
Desde Berlín, un abogado penalista fue enfático al explicar:
“Esto no fue una intervención legal, fue una operación de inteligencia disfrazada de prueba judicial. Cuando se rompen los principios de legalidad en la recolección de evidencia, todo el proceso queda en entredicho.”
Y no es un caso aislado. Desde Bruselas, Madrid y Ámsterdam, defensores y juristas también han manifestado su profunda preocupación. En todos los casos, los acusados no han tenido acceso a una copia original de las pruebas que se les atribuyen, un derecho básico en cualquier sistema judicial moderno, recogido expresamente por la ley. Tampoco han podido impugnar la legalidad de su obtención, ya que estas pruebas se presentan como si provinieran de otro procedimiento ajeno al suyo.
En otras palabras, se está negando el derecho a una defensa real y efectiva, bajo el argumento de que se trata de evidencia originada en un proceso distinto: el original, llevado a cabo en Francia, donde ni siquiera existía una investigación formal contra estas personas. A partir de ahí, se les enviaron conversaciones como si fueran hallazgos casuales, cuando en realidad formaban parte de una operación premeditada que desde el inicio buscaba hackear teléfonos en todo el sistema, sin importar si estaban en Europa o fuera de ella, como ocurrió en el caso de Uruguay.
Aún más grave, el proceso presenta serias irregularidades técnicas: los mensajes no fueron extraídos de un servidor, sino hackeados directamente desde miles de teléfonos, y posteriormente transferidos a un servidor controlado por la policía. Los detalles técnicos de ese hackeo, sin embargo, están protegidos bajo secreto de Estado en Francia, lo cual impide a las defensas cuestionar la legitimidad del procedimiento en su raíz.
Es, en resumen, un verdadero disparate jurídico en términos de garantías procesales.
EL FISCAL ESPAÑOL DE EUROJUST QUE PARTICIPÓ EN EL CASO ENCROCHAT DENUNCIA: “NO SON IMPUGNABLES NI ACCESIBLES PARA LA DEFENSA”



(Parte de los mensajes de SIENA que evidencian detalles sensibles de la operación)
Las dudas sobre el uso de pruebas provenientes de EncroChat no provienen únicamente de abogados defensores. También han surgido desde el corazón mismo del sistema judicial europeo.
Entre líneas, con un lenguaje técnico pero directo, el fiscal español Francisco Jiménez- Villarejo Fernández —quien participó activamente en la operación EMMA, origen del macrocaso EncroChat— publicó en la Revista de Estudios Europeos una crítica contundente a la opacidad con la que operan los Equipos Conjuntos de Investigación (ECI), una figura clave en este tipo de procesos transnacionales.
“No son impugnables ni accesibles para las defensas.”
Con esta frase, el fiscal deja en evidencia que los ECI permiten que fiscales y cuerpos policiales compartan información sensible sin control judicial previo, sin trazabilidad, y —lo más grave— sin que las defensas puedan acceder a ese material o impugnarlo.
Y va más allá, al advertir con claridad:
“Con mayor motivo cuando la pieza es secreta, el sistema no puede descansar en una opacidad que deja a las defensas fuera del proceso.”
Jiménez-Villarejo también cuestiona duramente el marco legal español vigente para la cooperación judicial europea, al que califica como:
“Un insólito régimen dual, asimétrico y poco homogéneo.”
Esto, en la práctica, deja a jueces y defensores sin herramientas claras para reaccionar ante pruebas transfronterizas que ingresan por vías paralelas, al margen de las garantías básicas del debido proceso.
Lo que denuncia este fiscal no es un simple tecnicismo: es la existencia de una justicia paralela, donde la inteligencia policial —en realidad un espionaje masivo sin precedentes en Europa— se transforma en prueba penal, sin control judicial, sin presencia de la defensa y sin posibilidad real de contradicción en juicio.
Y aunque no puede enfrentarlo de manera frontal —ni a su propia institución— lo está diciendo desde el único espacio donde un fiscal puede permitirse lanzar una advertencia sin romper por completo el equilibrio institucional: la academia.
Por otro lado, también alerta sobre el uso de la red SIENA de Europol para la circulación de esta información. Fue a través de esta plataforma que millones de mensajes interceptados en tiempo real fueron compartidos entre cuerpos policiales europeos. El fiscal señala que la red SIENA ya no es segura para el manejo de material tan delicado, y razón no le falta: parte de esos mensajes hoy circulan libremente en internet, revelando detalles sobre cómo se diseñó y ejecutó esta megacampaña de espionaje internacional.
En España e Italia: una situación aún más grave

(Álvaro García Ortiz, Jorge Espina Ramos, Francisco Jiménez-Villarejo Fernández)
La situación se vuelve todavía más preocupante en países como España e Italia, donde
—a diferencia de otras jurisdicciones— las fiscalías no tienen facultad para adoptar por sí solas medidas que impliquen vulneración de derechos fundamentales. Este tipo de decisiones solo pueden ser autorizadas por jueces, quienes tienen el deber de velar por la legalidad y la protección de los derechos individuales.
Sin embargo, fiscales españoles adscritos a Eurojust ya tenían conocimiento previo de la operación que dio origen al uso de pruebas de EncroChat. Aun así, decidieron no judicializar el procedimiento en sus respectivos países, pese a que sabían que la información obtenida sería utilizada desde las primeras fases de las investigaciones. Los jueces instructores nunca fueron debidamente informados; de hecho, fueron deliberadamente engañados. No imaginaban que la llamada “inteligencia policial” que utilizaban durante la pandemia en nuevas investigaciones provenía de una operación de espionaje masivo sin control judicial.
Mientras tanto, las defensas permanecieron completamente a oscuras, sin acceso al verdadero origen de las evidencias usadas en su contra. A pesar de este manto de encubrimiento, algunas de estas conversaciones —camufladas como si fueran producto de informantes o labores de inteligencia rutinarias— sirvieron como base para abrir nuevas causas penales. Posteriormente fueron introducidas en los tribunales como si hubieran sido obtenidas de forma legítima y conforme al marco legal, cuando en realidad su origen era muy distinto y ya habían sido utilizadas por los agentes para iniciar el caso.
Según documentos internos, el fiscal Jorge Espina Ramos ordenó enviar esta información directamente a la Guardia Civil y a la Policía Nacional, con instrucciones precisas de actuar con rapidez. Más adelante, en coordinación con la
Fiscalía Antidroga, se activaron diligencias con la referencia 20/20 buscando la manera de legalizar y formalizar toda la información que ya poseían.
Cabe destacar que las diligencias 20/20 fueron precedidas por las 16/20, cuyo origen se encuentra en mensajes interceptados en tiempo real y recibidos por el teniente Alejandro Gómez, del grupo de blanqueo de capitales de la UCO (Unidad Central Operativa) de la Guardia Civil. Este oficial utilizó una herramienta interna desarrollada por el cuerpo, apodada “EncroDetective”, con la que logró rastrear e identificar a tiempo real a todos los vendedores de teléfonos EncroChat en territorio español.
En las 16/20 aparece incluso el nombre del actual fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, quien paradójicamente eliminó sus mensajes personales de WhatsApp, mientras avalaba la lectura masiva de mensajes privados interceptados en EncroChat.
En resumen, se trató de una operación coordinada, distribuida y ejecutada a través de canales de inteligencia opacos, completamente por fuera del control judicial, que luego fue “blanqueada” para ser presentada ante los tribunales como si se tratara de evidencia legítima y legalmente obtenida.
¿Y EUROPA QUÉ DICE?
Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) aún no ha emitido un fallo definitivo sobre el caso EncroChat, sí ha sido enfático en una cosa: cada Estado miembro está obligado a garantizar que el uso de este tipo de pruebas respete los derechos fundamentales, en particular el derecho a la defensa y a un juicio justo.
Sin embargo, en la práctica, muchos tribunales europeos han admitido estos datos sin cuestionar su origen ni la legalidad de su obtención, en abierta contradicción con los principios establecidos por la máxima instancia judicial del continente.
Algunos abogados defensores han intentado llevar estos casos ante tribunales europeos, pero se han topado con un obstáculo clave: para acceder a esa jurisdicción primero deben agotar todos los recursos legales en el país de origen de la prueba, es decir, en Francia. Esto representa un desafío enorme, ya que, para poder reclamar en Europa, primero tienen que personarse en Francia, donde difícilmente los van a dejar intervenir, y mucho menos entregarle acceso a algo.
El panorama es aún más complejo si se tiene en cuenta que en muchos casos ni siquiera había una investigación concreta en curso ni sospechosos identificados, porque en realidad no sabían a quién estaban espiando. Fue una intervención masiva, a ciegas, en la que luego se intentó identificar a los usuarios. Por eso, hablar de un procedimiento legal con garantías es prácticamente una ficción, y este bloqueo inicial termina afectando directamente el derecho a la defensa, uno de los pilares que consagra la Constitución europea.
Un precedente relevante en esta discusión es el del sistema de mensajería ByLock en Turquía: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) terminó por invalidar su uso como prueba, al considerar que tanto su origen como el manejo de la
información vulneraban gravemente garantías fundamentales. Además, la negativa de Turquía a permitir el acceso a la prueba original fue considerada inadmisible por el TEDH, por violación al derecho a contradecir la prueba de cargo y al principio de juicio justo.
Este precedente podría ser clave para el futuro de EncroChat en Europa, ya que se
trata también de una plataforma intervenida sin control judicial, con implicaciones similares en cuanto a transparencia, acceso y garantías para los acusados.
SUDAMÉRICA SE ALZA CONTRA EL ESPIONAJE MASIVO DE ENCROCHAT
Un tribunal absolvió a un ciudadano colombiano acusado de narcotráfico en Uruguay, al considerar inválidas las pruebas obtenidas mediante la red de comunicaciones cifradas EncroChat. De forma similar, en Alemania, el Tribunal Regional de Berlín se apartó de la tendencia dominante —que generalmente valida este tipo de evidencias— y falló en sentido contrario, señalando que la operación que permitió acceder a los datos violaba los estándares del sistema judicial alemán.
Esta decisión no solo rompe con la postura mayoritaria en ese país, sino que además interpreta con valentía y rigor jurídico la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), enfocándose en la protección de los derechos fundamentales. Lo del tribunal berlinés es un acto de independencia y lucidez judicial digno de resaltar, que deja claro que el fin no justifica los medios cuando se trata de defender el Estado de Derecho.
En España, el debate sobre la legalidad de estas pruebas está tomando fuerza. Desde el Colegio de Abogados de Madrid han advertido que este tipo de prácticas “abre la puerta a una vigilancia masiva” que pone en riesgo el secreto de las comunicaciones, una garantía básica en cualquier democracia. En varios procesos recientes se ha alegado que los jueces no fueron informados a tiempo de que se estaban realizando escuchas en vivo a ciudadanos españoles, y lo más grave: ni siquiera sabían que esas conversaciones venían de una operación de espionaje internacional.
Además, se ha cuestionado fuertemente el hecho de que varios ciudadanos españoles fueron extraditados por vender teléfonos dentro de España para que fueran juzgados por Francia, superando los límites de la soberanía nacional. Lo paradójico es que estos mismos ciudadanos ya habían sido investigados en España por el grupo de blanqueo de capitales de la UCO, liderado por el mando Alejandro Gómez. Esta unidad intervino en tiempo real las conversaciones entre vendedores españoles, pero no logró sostener acusaciones sólidas en los tribunales españoles. Por eso, y ante la falta de pruebas consistentes, fue Francia la que asumió el caso, apropiándose de la investigación y desafiando la soberanía judicial española.
UNA ALERTA INTERNACIONAL
Lo que nos han contado desde Europa no es menor. Se trata de un cuestionamiento profundo a cómo se está administrando justicia en el continente, y cómo decisiones políticas o policiales pueden terminar vulnerando los principios básicos del Estado de Derecho.
Como medio latinoamericano, nos alarma ver que estas dinámicas, si no se frenan, pueden trasladarse a nuestros sistemas judiciales. Porque si algo ha demostrado el caso en Uruguay, es que aún hay jueces dispuestos a decir que no todo vale en nombre de la seguridad.
Desde El Último Renglón seguiremos acompañando estas denuncias, abriendo espacio para que se escuchen voces que no siempre encuentran eco en los grandes medios, y defendiendo algo básico pero urgente: que la justicia se administre con garantías.
Estaremos muy agradecidos a que nos mandes información sobre este caso para poder seguir escribiendo.